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13 de Junio de 2015
Aconfesionalidad de las instituciones públicas proclamada en el art. 16 de la Constitución
De cara a los próximos plenos de investidura, hacemos un requerimiento a todos los partidos, coaliciones y agrupaciones de electores que han obtenido concejales en las pasadas elecciones para que, en tiempo y forma, reclamen a los Ayuntamientos “salientes” que durante el acto institucional no hayan establecidos símbolos de ninguna religión, pues se trata de un acto cívico que debe respetar la aconfesionalidad de las instituciones públicas proclamada en el art. 16 de la Constitución.

También solicitamos que se utilice el término “prometo” ya que “juro” tiene una clara carga religiosa... según el diccionario de la RAE: 1. tr. Afirmar o negar algo, poniendo por testigo a Dios, o en si mismo o en sus criaturas.

Sería un anacronismo que un acto con la importancia de la investidura de alcaldía y concejalías esté presidida por crucifijos y biblias, vulnerando la neutralidad de las instituciones públicas, perpetuando fórmulas y simbología propias de tiempos pasados e inadecuadas en una democracia respetuosa con toda la ciudadanía.

 
 
 
 

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