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Atropello a un trabajador
 
 
 
 
 
 
 
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07 de Agosto de 2016
ATROPELLO DE LAS AUTORIDADES MUNICIPALES DE SANLÚCAR DE BARRAMEDA A UN CIUDADANO HISPANO-CUBANO
Don Sergio Ernesto Fernández Jaime, ciudadano español de origen cubano, tras arribar a Sanlúcar de Barrameda procedente de Cuba en enero del 2009, fue contratado verbalmente para trabajar en la cafetería de la Estación – Apeadero municipal de autobuses como guarda y camarero por la persona que aparecía entonces como adjudicataria de la explotación en cuestión, asignándole, además, vivienda en el mismo local de la cafetería.
Hacia el año 2012, el adjudicatario del servicio abandonó irresponsablemente, de manera repentina y definitivamente, la explotación del servicio, quedándose de hecho solo al frente de la guardia y mantenimiento de la cafetería y, por extensión, del apeadero. Durante todo este tiempo, la administración pública no ha intervenido en la resolución de la situación planteada, haciendo dejadez de sus obligaciones, sin proveer a la adjudicación o contratación de la explotación de la cafetería.

Ante la súbita situación anómala de desempleo laboral por el impago de sus salarios y con la responsabilidad de no dejar abandonado el servicio público, Don Sergio se vio obligado a continuar prestando los servicios que la persona adjudicataria había dejado.
Durante todo el tiempo transcurrido hasta ahora, Don Sergio se ha hecho cargo de la apertura y cierre diarios del local de la cafetería, permaneciendo diariamente en el lugar, de lunes a domingo, de 8’30 h a 22’40 horas, encargándose de la guarda y limpieza del inmueble, del aseo de los servicios sanitarios del apeadero, de la atención al usuario del transporte interurbano, brindándole información horaria y acogida de espera dentro de la cafetería, así como acogida y atención puntual a los conductores de los autobuses, al cuidado incluso de los autobuses que quedaban parados en la dársena durante la noche.
De todo ello dan fe miles de ciudadanos testigos, permanentes usuarios del servicio de transporte, y con mayor calidad por su mayor y constante cercanía todos los conductores de las diferentes líneas y las empleadas de las taquillas de los buses amarillos y AVANSA.
Sin su presencia y asistencia, el apeadero de transporte y sus espacios adyacentes se hubiesen convertido en un muladar y en foco de pillaje, cuya custodia y guardia por parte de Don Sergio han prevenido y evitado.
 
El hecho de que durante todos estos años de despreocupación administrativa e irresponsabilidad municipal ese servicio haya sido cubierto y se haya prestado sin interrupción por parte de Don Sergio, y sin graves incidencias de higiene, orden público o atentatorias de la integridad de los usuarios, demuestran hasta qué punto el Ayuntamiento de Sanlúcar ha resultado beneficiario directo y gratuito por el trabajo desempeñado por esta persona, inclusive con el ahorro de los costes laborales.
 
El Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda pretende ahora, tras muchos años de dejación de sus obligaciones, recuperar la posesión del inmueble, tirando a esta persona a la calle, sin miramientos, en un plazo perentorio de siete días que vencen el 9 de agosto, calificando injusta y arbitrariamente la situación de Don Sergio de usurpación como si de ocupa se tratara, sin respeto a su dignidad y sin el reconocimiento de una justa compensación, negándole la posibilidad de recibir a cambio una vivienda social o un empleo estable; lo menos que puede pedirse frente a esta cruda realidad.
 
Parece ser que las decisiones políticas administrativas de este Ayuntamiento no se basan en el principio de buena fe ni tienen como objetivo resolver adecuadamente situaciones totalmente injustas cuando las mismas afectan a los trabajadores. ¿Por qué el Ayuntamiento toma ahora la decisión de “recuperar” la cafetería – apeadero? ¿Qué tipo de concesión se realizó en su día y por qué no se vigiló el cumplimiento de la misma a la persona adjudicataria que contrató en su momento a Don Sergio, sin cumplir tampoco con las obligaciones laborales? 
Ahora, por lo visto, el Ayuntamiento indica que nunca hubo concesión administrativa sobre este bien de dominio público relativa a la explotación de la cafetería del apeadero municipal de autobuses ¿cómo se entiende entonces que durante catorce años se preste públicamente un servicio en una propiedad municipal sin justo título? ¿No está obligado el Ayuntamiento a velar por el funcionamiento correcto de los servicios municipales?  
 
Lo lamentable de esta situación es que afecta a un trabajador por el que tampoco ninguna institución pública ha velado por sus derechos laborales durante todo este tiempo. Por ello tal procedimiento de desalojo del trabajador merece el repudio y la condena de la ciudadanía sanluqueña y concita a darle su apoyo y exigir a la Junta de Gobierno local el más absoluto respeto a la dignidad del trabajador, a su derecho a no quedar en la indefensión y al respeto de la legalidad.
 
Hugo Gómez – Letrado Ilmo. Colegio de Abogados de Cádiz
DNI 3----074G
 
 
 
 

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