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Comunicado bodegas artesanas de Sanlúcar
 
 
 
 
 
 
 
Comunicado bodegas artesanas de Sanlúcar PDF Imprimir E-mail
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15 de Noviembre de 2016
Comunicado de la Asociación Profesional de Bodegas Artesanas de Sanlúcar de Barrameda en relación a la prohibición impuesta por FEDEJEREZ a través de su brazo ejecutor el Consejo Regulador de las D.O. Jerez-Xérès-Sherry y D.O. Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda de comercializar la Manzanilla para el Canal HORECA en el envase conocido por “Bag In Box”.
A LA OPINION PÚBLICA
         - La venta a granel en el Sector Hostelero (tascas, tabancos, tabernas, bares y recientemente restaurantes de alta calidad y prestigio), ha sido una forma tradicional de comercializar nuestros vinos y especialmente la Manzanilla.
         La Patronal FEDEJEREZ, integrada por las grandes bodegas del Jerez, tiene como objetivo, a través del Consejo Regulador, al que impone sus dictados, la eliminación del vino a granel.

         - El "Bag In Box" constituye la alternativa de alta calidad complementaria a la vetusta garrafa de cristal reutilizable, pues se trata de un tipo de envase medioambientalmente sostenible, de uso único, concebido para optimizar la vida útil del vino, minimizando la variación de las propiedades del producto durante su consumo, con una total higiene alimentaria, óptima ergonomía de utilización, garante de la trazabilidad y fácil conexión con máquinas dispensadoras. Su óptimo envasado impide que la luz y el aire alteren el producto hasta su completo consumo, manteniendo todas sus características organolépticas.
 
         - El "Bag In Box" no pretende ser un envase alternativo a la botella, sino complementario, especialmente para el granel, pues en ningún momento perjudica ni daña la imagen de los vinos de la Denominación de Origen, y tal es así que las grandes Bodegas de Jerez integradas en FEDEJEREZ lo utilizan con sus propias marcas para otros vinos y además en venta directa al consumidor. En el caso del canal HORECA supone un medio de transporte desde la bodega hasta la restauración exactamente igual que la vetusta garrafa.
 
         - El "Bag In Box" garantiza la trazabilidad del vino hasta el consumidor final, extremo que no se obtiene con la garrafa.
 
         - El propio Consejo Regulador, conforme a un Informe confeccionado por sus técnicos, defendía en un Pleno celebrado en 2.012 las bondades del "Bag In Box" para la comercialización de los vinos de ambas D.O., tanto la de Jerez como la de Manzanilla.
 
         - Las Bodegas Manzanilleras (7) integradas en la Asociación, que interesan la comercialización del "Bag In Box" para el canal HORECA, son titulares de las marcas más representativas del Sector: LA GITANA, SAN LEON, GABRIELA, AURORA, BARON, CIGARRERA, ELIAS, LAS MEDALLAS, PASTRANA, etc.
 
         - FEDEJEREZ no ostenta entre las Bodegas Manzanilleras con razón social en Sanlúcar de Barrameda, ninguna representación, pues de las 23 bodegas que la integran, sólo 4 comercializan Manzanilla y ninguna tiene su razón social en Sanlúcar, y sin embargo pretende desde su control efectivo del Consejo Regulador, imponer las normas de comercialización.
 
         - La D.O. "Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda", es una Denominación independiente amparada por un Consejo Regulador que lo conforman dos D.O., Jerez y Manzanilla, aunque esta sólo se puede elaborar y producir en el término de Sanlúcar de Barrameda.
 
         - Las ventas en "Bag In Box" representan en la actualidad más del 60 % del consumo de vino en algunos países avanzados, en los que bodegas integradas en Fedejerez ya comercializan vino en estos envases.
 
         - La comercialización del "Bag In Box" viene a satisfacer las lógicas y legítimas demandas de los hosteleros para la venta a granel, y ello por su fácil transporte, almacenamiento y conservación de la calidad del vino.
 
         - Es absolutamente falsa la razón que esgrime FEDEJEREZ en orden a la preservación de la imagen de calidad de los vinos a través del envase, pues la Patronal sólo pretende imponer restricciones a la libre comercialización por medio de un Consejo Regulador, donde la D.O. Manzanilla sólo ostenta un representante de los veinte miembros que lo conforman, y en el que dicha Patronal ostenta mayoría.
 
Las razones objetivas en las que se fundamenta esta Asociación para legítimamente comercializar la Manzanilla, con la interpretación favorable de la propia Junta de Andalucía, pretenden ser vilipendiadas por FEDEJEREZ a través del Consejo Regulador en perjuicio de una D.O., sus tradiciones y sus Bodegas.
 
Asociación Profesional de Bodegas Artesanas de Sanlúcar de Barrameda
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

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