' La población inmigrante tiene muchas facilidades para acceder a una ayuda del Programa InterdepartamentaL de la renta mínima '
María Natividad Salazar Sánchez.-Quizá no sabe que :Según datos de IDESCAT, aunque en cada ciudad la población extranjera representa poco más del 17%, éste porcentaje aumenta si tenemos en cuenta a las personas que están bajo el umbral de la pobreza.
Concretamente, la población extranjera representa el 27,7% aproximado, del total de ciudadanos de cada una de nuestras ciudades que se encuentran bajo el umbraL de la pobreza.
Sin embargo, en Septiembre de 2012 el porcentaje de personas extranjeras que recibían un PIRMI, en cada ciudad era del 23,8%, un porcentaje ligeramente inferior al que representan entre las personas más necesitadas.
Para poder solicitar la renta de inserción mínima, hay que residir de manera permanente y acreditar, como mínimo, dos años de residencia continuada en el país
Quien dice :
' La población inmigrada tiene más facilidades para acceder a alojamiento protegido '.
Quizá no sabe que :
En abriL de 2013, sólo 126 extranjeros eran titulares de una vivienda de protección oficial, de un total de 1985 alojamientos protegidos.
Esta cifra representa el 6,35% del total.
Para poder optar por un alojamiento protegido hay que estar empadronado en el municipio, en el que se ofrecen las diferentes viviendas.
Las personas se tienen que inscribir en el Registro de Solicitantes de Viviendas con Protección OficiaL, y tienen que poder demostrar con documentos que se cumplen los requisitos que marca la normativa :
Necesidad de vivienda o cumplir un límite de ingresos económicos, entre otros.
No hay ninguna mención especiaL para los extranjeros.
Muchas personas inmigradas tienen bastantes dificultades añadidas para encontrar un empleo con todas las garantías, que les permita acceder a la vivienda pública
Quien dice :
' Las personas inmigradas actúan de manera fraudulenta o con picaresca para conseguir ayudas públicas '
Quizá no sabe que :
Las ayudas económicas que dan los municipios no son ayudas periódicas, sino que son ayudas puntuales que el municipio concede después del estudio individual de cada caso por parte de un trabajador sociaL, de manera que se intentan evitar los posibles fraudes.
Éstas ayudas municipales se dan según la necesidad, sin tener en cuenta la nacionalidad de la persona beneficiaria.
La ayuda no consiste simplemente en una aportación económica, la mayoría de las veces, constan de planes socioeducativos y de formación asociados.
Las personas / familias receptoras de las ayudas tienen que cumplir los acuerdos a los que han llegado con los trabajadores sociales ( Por ejemplo, asistir a un curso de formación )
Si estos acuerdos no se cumplen, se dejan de recibir las ayudas.
Para poder hacer un uso regular de los comedores sociales, es requisito haber sido derivado por los servicios sociales y estar empadronado.
El sistema de prestaciones sociales está regulado a modo de garantizar que sólo puedan acceder aquellas personas que de verdad, lo necesitan.
Si alguien incumple las reglas, queda excluido del servicio. Cada beneficiario recibe un carné para identificarse al acceder al comedor sociaL.
Quien dice :
' Los inmigrantes vienen a nuestro país primordialmente para aprovecharse de las ayudas sociales y recibir servicios que pagan los autóctonos '.
Quizá no sabe que :
Muchos de los colectivos inmigrantes no tienen un conocimiento profundo de las prestaciones sociales que ofrece el territorio, ya sea por falta de información, por problemas de comprensión, o por limitaciones administrativas que reducen su acceso a las ayudas.
Los inmigrantes que tienen como fuente de ingreso principaL las ayudas sociales, ( Incluyendo pensiones ), son muchos menos que los autoctónos que dependen de transferencias sociales ( El 7,6% ante el 32,7% ).
Por lo tanto, NO viven de ayudas sociales. Los extranjeros viven principalmente de sus ingresos laborales, mientras que una parte de los inmigrantes se encuentran en situación de riesgo, ya que no reciben ningún tipo de ingreso.
Un dato que supera con creces la de personas con nacionalidad española, sin ingresos ( El 24,3% ante el 17,1%, según IDESCAT )
Estudios sobre inmigración, señalan el carácter económico de la decisión de emigrar como uno de los factores principales.
Es decir, los inmigrantes vienen para encontrar trabajo, tener acceso a mejores salarios y mejorar las condiciones de vida.
Los servicios sociales se financian con dinero público que, a su vez, proviene de los impuestos pagados por todos los ciudadanos.
Tributaciones directas e indirectas a las que los extranjeros contribuyen con sus cotizaciones, sea pagando impuestos directamente o también con impuestos indirectos como el IVA.
Transferencias como las pensiones y prestaciones como las del paro, se reciben según la cotización individuaL aportada previamente, hecho que invalida el argumento que defiende que, los inmigrantes reciben ayudas pagadas por los autóctonos.
Los inmigrantes residentes en nuestro país se encuentran, en su mayoría, en edad de trabajar, son « Aportadores » de ingresos para la Seguridad SociaL.
En cuanto a recibir ayudas, sólo un 1% de los extranjeros que viven en el Estado españoL cobran una pensión, y de estos, más de la mitad son ciudadanos comunitarios.
Cálculos, estiman que en el año 2005, los extranjeros aportaban un 6,6% de los ingresos del Estado españoL, mientras que recibían el 5,4% del gasto público, de éste modo queda adjudicado en balance positivo y los convertía en aportadores netos.
NO existe ninguna evidencia empírica, que demuestre que las poblaciones de origen inmigrante, lleguen a constituir una carga para los estados del bienestar de las sociedades receptoras.
CONVIVENCIA Y ESPACIOS PÚBLICOS :
' Las familias inmigrantes reciben más ayudas escolares '.
Hay muchas personas que aseguran que el alumnado inmigrante, recibe muchas más ayudas públicas que el alumnado locaL, por el mero hecho de ser de procedencia extranjera.
La realidaD :
Es el Real Decreto 1721 / 2007, indica que para beneficiarse de las becas y ayudas al estudio reguladas en éste reaL decreto, será preciso poseer la nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea.
En éste último caso se requerirá que el / la estudiante, o sus sustentadores se encuentren trabajando en España.
En el supuesto de estudiantes de procedencia no comunitaria, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre Derechos y libertades de las personas extranjeras en España, y su integración sociaL, que indica que :
' Los extranjeros menores de dieciséis años, tienen el Derecho y el deber a la educación, ello incluye el acceso a una enseñanza básica, gratuita y obligatoria.
Los extranjeros menores de dieciocho años, también tienen derecho a la enseñanza posobligatoria '.
Sin embargo, en Andalucía los requisitos para acceder a los diferentes servicios y bonificaciones de los centros escolares ( Aula matinal, comedor, actividades extraescolares ... ) tienen en cuenta si los padres trabajan, si el alumnado se vé obligado a viajar para ir al colegio o instituto, y la situación socioeconómica de las familias y su riesgo de exclusión sociaL.
NO existen, por lo tanto, criterios que destaquen al alumnado inmigrante, o lo prioricen frente al nativo.
Es más, la normativa andaluza discrimina a niños y niñas inmigrantes, que pueden quedar excluidos y excluidas de las becas, simplemente por el hecho de que uno de los padres esté en situación administrativa irregular.
Es decir, sobre los menores recaen las consecuencias de un problema administrativo de alguno de sus padres o madres, incluso aunque el otro miembro de la pareja sea españoL, u española.
Una situación de la que se ha hecho eco el Defensor del Pueblo Andaluz.
Para la adjudicación de plazas, la Junta de Andalucía tampoco tiene en cuenta la nacionalidad del alumnado, sino que adjudica las plazas en función de una serie de criterios, dando preferencia de acceso a las familias cuya residencia o lugar de trabajo, se sitúa dentro de las áreas de influencia de cada centro educativo, teniendo en cuenta otros factores, como la presencia de hermanos o hermanas en los centros educativos, o el número de plazas vacantes.
La concesión de ayudas escolares tiene en cuenta principalmente la situación socioeconómica de las familias.
Los criterios son públicos y NO tienen en cuenta la nacionalidad del alumnado.
Aunque sea una creencia extendida, el alumnado inmigrante no recibe más ayudas que el nativo.
Si tienes dudas, consulta la normativa de la Junta de Andalucía o habla con la dirección del centro educativo de tu hijo / hija.
En resumidas cuentas, las ayudas por exclusión sociaL las reciben personas necesitadas.
Dejo expuestos por cortesía, los datos referidos para más información :
Andalucía Acoge, Cabeza de Rey Don Pedro 9, bajo, 41004, Sevilla| 954 900 773 | www.acoge.org | Aviso legal
Incluir en éste Quijote y como siempre, mi NO rotundo a la 'Artífice comercialización de arma$ '.
Sanluqueña, andaluza pa ' más señas.
Un placer y si así me lo permiten, hasta la próxima ;